IVA tipo estándar
El tipo estándar del IVA en el Reino de Marruecos en 2023 es del 20%, que se aplica a las ventas de bienes y a las importaciones.
IVA tipo reducido
En Marruecos existen algunos tipos reducidos del IVA, que son el 0%, el 7%, el 10% y el 14%.
- El tipo del 0% se aplica a algunos productos alimenticios básicos y bienes exportados.
- El tipo del 7% se aplica a los productos de farmacia y escolares.
- El tipo del 10% se aplica a las obras de arte, la sal, el arroz elaborado, la pasta y los piensos para animales de granja.
- El tipo del 14 por ciento se aplica a la mantequilla.
Umbral de registro del IVA
En Marruecos existe un umbral de registro del IVA para empresas no residentes de 2,000,000 MAD (aproximadamente 184,000 EUR).
Representante Fiscal
Las empresas no residentes deben nombrar un representante fiscal local.
IVA deducible
Las empresas pueden reembolsar el impuesto soportado deduciéndolo del impuesto repercutido. El impuesto soportado incluye el IVA cobrado sobre los bienes suministrados a Marruecos y el IVA pagado en la importación.
El impuesto soportado no es reembolsable para las empresas que no están registradas a efectos del IVA en Marruecos.
Procedimiento de registro
Para convertirse en contribuyente del IVA en Marruecos, una empresa no residente debe completar un formulario de solicitud de registro del IVA y enviarlo en papel a la oficina de la Administración Tributaria de Marruecos (MTA).
Mantener registros
El período de conservación de registros en Marruecos debe ser de al menos diez años.
Fecha de presentación y pago de declaraciones de IVA
Las declaraciones del IVA en Marruecos deben presentarse electrónicamente mensualmente, si las empresas son no residentes. La fecha límite para la presentación y el pago es el día 20 del mes siguiente al período del informe.
Penalizaciones en Marruecos
- Sanción por registro tardío del IVA en Marruecos: 1.000 MAD (aprox. 92 EUR).
- Sanción por pago atrasado y presentación de declaración de IVA – del 5% al 20% sobre el importe del IVA adeudado.
- Sanciones por errores en las declaraciones de IVA del 5% al 100% sobre el importe del IVA adeudado.
- Sanciones por déficit: 100% sobre el importe del IVA adeudado.