Tarifa estándar GST
La tasa estándar del impuesto sobre bienes y servicios (GST) en las Maldivas en 2024 será del 8% en el sector general y del 16% en el sector turístico. Se aplica a los suministros de todos los bienes en Maldivas y a las importaciones, con ciertas exclusiones para los bienes esenciales (frutas, alimentos para bebés, huevos, pescado, pescado, etc.), que están gravados al 0%.
Umbral de registro de GST
Las empresas deben registrarse a efectos del GST en las Maldivas si su volumen de negocios en los 12 meses anteriores superó el millón de MVR (aproximadamente 60.000 EUR).
Representante fiscal
Las empresas no residentes no están obligadas a registrarse para el GST si no tienen un establecimiento permanente en las Maldivas. El nombramiento del agente fiscal legal no es obligatorio.
Procedimiento de registro
Las empresas que suministran bienes a Maldivas deben presentar el formulario de registro 105 a la Autoridad de Impuestos Internos de Maldivas (MIRA) en un plazo de 30 días. Debe realizarse online a través del sitio web de la autoridad fiscal.
GST deducible
Las empresas pueden reclamar el impuesto soportado deduciéndolo del impuesto repercutido. Los gastos que no sean relevantes para el negocio no se pueden reclamar para deducción. El impuesto soportado no es recuperable para las empresas que no están registradas a efectos del IVA en las Maldivas.
Mantener registros
El período de mantenimiento de registros en Bangladesh debe ser de al menos cinco años.
Fecha de presentación y pago de declaraciones de GST
Las declaraciones del GST en Maldivas deben presentarse electrónicamente mensualmente, si el volumen de negocios en los 12 meses anteriores superó MVR 1 millón (aproximadamente 60.000 EUR), y trimestralmente si el volumen de negocios no superó esta cantidad. La fecha límite para la presentación y el pago es el día 28 del mes siguiente al período del informe.
Sanciones en Maldivas
- Multa por presentación tardía de la declaración del GST: 50 MVR por día (aprox. 3 EUR) más el 0,5% del importe adeudado.
- Multa por pago atrasado – 0,05% del importe adeudado por día de retraso.