Esta guía es para empresas de comercio electrónico que venden en línea a través de tiendas web o en Marketplace.
Tasa estándar de IVA
La tasa de IVA estándar en Francia en 2024 es del 20%.
Tasa reducida de IVA
10%
- Ciertos productos y servicios son elegibles para la tasa reducida de IVA, incluyendo comida, productos farmacéuticos, hospedaje en hoteles, TV por cable paga.
5.5%
- Ciertos productos y servicios son elegibles para la tasa reducida de IVA, incluyendo libros, bebidas no alcohólicas, admisión a eventos deportivos.
2.1%
- Ciertos productos y servicios son elegibles para la tasa reducida de IVA, incluyendo periódicos y publicaciones periódicas, derechos de licencia de televisión y admisión a eventos culturales.
Ver el resumen de los tipos de IVA de la UE.
Umbrales
A partir del 1 de julio de 2021, los umbrales de venta a distancia se retiraron y se reemplazaron por un umbral unificado de €10,000 para todos los miembros de la UE.
En otras palabras, las empresas cuyo volumen de negocios transfronterizo imponible anual supere los €10,000 deben cobrar el IVA al tipo del IVA del país de residencia del cliente.
IVA deducible
Si se utilizara bienes o servicios para realizar suministros sujetos a impuestos en Francia, el IVA en las facturas de entrada podría acreditarse. Ejemplos incluyen:
- IVA pagado en el despacho de aduana con su número EORI;
- IVA pagado a proveedores franceses.
Proceso de registro
Cuando una empresa tiene la obligación de registrarse, los propietarios deberán completar y presentar el formulario de registro de IVA, junto con los siguientes documentos:
- Certificado de incorporación (junto con la respectiva traducción a francés);
- Extracto de registro comercial o registro mercantil (junto con la respectiva traducción a francés);
- Estatutos de la empresa (junto con la respectiva traducción a francés de las principales disposiciones);
- Si la empresa está designando un agente tributario local o representante fiscal, es necesario una carta de autoridad o poder notarial.
Representante fiscal
Las empresas sujetas a impuestos establecidas afuera de la Unión Europea están obligadas a nombrar un representante fiscal para realizar todos los trámites relacionados con el registro y cumplimiento del IVA excepto para los siguientes países:
- Antigua y Barbuda,
- Armenia,
- Aruba,
- Australia,
- Azerbaiyán,
- Bosnia-Herzegovina,
- Cabo Verde,
- Islas Cook,
- Curazao,
- Dominica,
- Ecuador,
- Islas Feroe,
- Polinesia Francesa,
- Georgia,
- Ghana,
- Groenlandia,
- Granada,
- India,
- Islandia,
- Jamaica,
- Japón,
- Kenya,
- Kuwait,
- Mauricio,
- México,
- Moldavia,
- Nauru,
- Nueva Zelanda,
- Niue,
- Macedonia del Norte,
- Noruega,
- Pakistán,
- República de Corea,
- San Bartolomé,
- Saint-Martin,
- Sint-Maarten,
- Sudáfrica,
- Túnez,
- Reino Unido de Gran Bretaña y Irlanda del Norte,
- Ucrania,
- Vanuatu.
Mantenimiento de registros
Los registros deberán ser llevados por el sujeto pasivo o por el encargado de su contabilidad.
Si se utilizaron bienes o servicios para realizar suministros sujetos a impuestos en Francia, se podría acreditar el IVA en las facturas soportadas. Ejemplos incluyen:
- Si bien la obligación legal estipula la conservación de las facturas durante 6 años, es una práctica común que el emisor y el destinatario conserven los documentos originales durante al menos 10 años debido a las diferentes interpretaciones que pueden extraerse de las especificaciones establecidas en los distintos códigos franceses.
Fecha de pago de IVA
Los pagos periódicos de IVA vencen de forma mensual o trimestral. El pago de IVA debe presentarse antes del día 19 del siguiente mes.
Presentación de declaraciones de IVA
Un contribuyente debe transmitir las declaraciones de impuestos a Service des impôts des entreprises étrangères (SIEE) a través de medios electrónicos. La plataforma de Lovat admite la presentación digital.
El periodo impositivo es de un mes o un trimestre. Las declaraciones de IVA deben presentarse por medios electrónicos antes del día 19 del mes siguiente al periodo.
No es posible aplicar a declaración anual de IVA.
Las empresas también pueden estar al tanto de las fechas de vencimiento en el portal de LOVAT.
Tipos de IVA en las regiones autónomas de Francia
Guadalupe (GLP), Martinica (MTQ) y Reunión (REU): tipo estándar del 8,5% y 2,1%; Tipo reducido del 1,75% o 1,05%.
Polinesia Francesa (PYF): 16% tipo estándar, 13% y 5% tipo reducido.
Córcega (norte y sur) (FR-20): tipo estándar del 20% y 13%; 10%; Tipo reducido del 2,10% o 0,90%.
Para algunos territorios, el IVA no se aplica:
- Mayotte (MYT)
- Wallis y Futuna (WLF)
- San Pedro y Miquelón (SPM)
- San Martín (MAF)
- Saint-Barthélemy (BLM) (el IVA sólo se aplica a los bienes inmuebles)
- Tierras australes y antárticas francesas (ATF)
- Clipperton (CPT)
- Nueva Caledonia (NCL)
- Guyana (GUF)
Región | Código | Código de país | Tarifa estándar | Tarifa Reducida | ||||
Guadalupe | GLP | FR-GP | 8,50% | 2,10% | 1,75% | 1,05% | ||
Martinica | MTQ | FR-MQ | 8,50% | 2,10% | 1,75% | 1,05% | ||
Reunión | REU | FR-RE | 8,50% | 2,10% | 1,75% | 1,05% | ||
Polinesia francés | PYF | FR-PF | 16% | 13% | 5% | |||
Córcega (norte y sur) | FR-20 | 20% | 13% | 10% | 2,10% | 0,90% | ||
Mayotte | MYT | FR-YT | no | |||||
Wallis y Futuna | WLF | FR-WF | no | |||||
San Pedro y Miquelón | SPM | FR-PM | no | |||||
San Martín | MAF | FR-MF | no | |||||
San Bartolomé | BLM | FR-BL | El IVA sólo se aplica a los bienes inmuebles en Saint-Barthélemy. | |||||
Tierras australes y antárticas francesas | ATF | FR-TF | no | |||||
clíperton | CPT | FR-CP | no | |||||
Nueva Caledonia | NCL | FR-NC | no | |||||
Guyana | GUF | FR-GF | no |
Facturación electrónica en Francia
La obligación de recibir facturas electrónicas se aplicará a partir del 1 de septiembre de 2026. Esta fecha podría posponerse por decreto al 1 de diciembre de 2026 como máximo.
Cronograma:
1 de septiembre de 2026:
- Emisión de facturas electrónicas: Obligatorio para empresas de más de 5.000 empleados Y con un volumen de negocio superior a 1.500 millones de euros o un balance general anual de 2.000 millones de euros y empresas de mediana capitalización y medianas empresas con un volumen de negocio elevado (ETI) de entre 5.000 y 250 empleados Y con un volumen de negocio inferior a 1.500 millones de euros o un balance general anual de 2.000 millones de euros Y con un volumen de negocio superior a 50 millones de euros o un balance general total de 43 millones de euros.
- Recepción de facturas electrónicas: Obligatorio para todas las empresas registradas a efectos del IVA, independientemente de su tamaño.
1 de septiembre de 2027
- La emisión de facturas electrónicas se convierte en obligatoria para las pequeñas y medianas empresas (PYME). Empresas con menos de 250 empleados y menos de 50 millones de euros de ingresos o 43 millones de euros de balance total, y también para empresas con menos de 10 empleados y menos de 2 millones de euros de ingresos/balance total.
Actualmente, no existe ninguna obligación legal para que las empresas no francesas emitan o reciban facturas electrónicas.
El gobierno francés podría introducir regulaciones para empresas no residentes en el futuro.
Requisitos de los clientes: algunos clientes franceses podrían solicitar facturas electrónicas por razones de eficiencia y cumplimiento. Esté preparado para atender estas solicitudes. 1 de marzo de 2026, a más tardar. Sin embargo, esto aún no ha sido confirmado.