Esta guía es para empresas de comercio electrónico que venden en línea a través de tiendas web o en Marketplace.
Tasa estándar de IVA
El tipo de IVA estándar en España en 2023 es del 21%.
Tasa reducida de IVA
10 %
Ciertos productos y servicios son elegibles para la tasa reducida de IVA, incluyendo:
- Comida;
- Productos farmacéuticos;
- Restaurantes y servicios de banquetearía;
- Alojamiento en hoteles.
4%
Ciertos productos y servicios son elegibles para la tasa reducida de IVA, incluyendo:
- Comida;
- Libros;
- Periódicos.
Ver el resumen de los tipos de IVA de la UE.
Umbrales
A partir del 1 de julio de 2021, los umbrales de venta a distancia se retiraron y se reemplazaron por un umbral unificado de 10 000 EUR para todos los miembros de la UE.
En otras palabras, las empresas cuyo volumen de negocios transfronterizo imponible anual supere los 10 000 EUR deben cobrar el IVA al tipo de IVA del país de residencia del cliente.
IVA deducible
Si se utilizara bienes o servicios para realizar suministros sujetos a impuestos en España, el IVA en las facturas de entrada podría acreditarse. Ejemplos incluyen:
- IVA pagado en el despacho de aduana con su número EORI;
- IVA pagado a proveedores españoles.
Proceso de registro
Cuando una empresa tiene la obligación de registrarse, los propietarios deberán completar y enviar un formulario de registro de IVA, junto con la documentación de respaldo.
Todos los documentos deben ser apostillados y traducidos al español por un traductor certificado de la lista especial aprobada por la autoridad fiscal española.
- Certificado de incorporación o Extracto de registro comercial o registro mercantil;
- Si la empresa esta designando un agente tributario local o representante fiscal, es necesario una carta de autoridad o poder notarial.
Representante fiscal
Las empresas gravables establecidas afuera de la Unión europea están en la obligación de nombrar a un representante fiscal para realizar todos los trámites relacionados con el registro y declaración de IVA.
Mantenimiento de registros
Según la información de la página web de la Agencia Tributaria española, los distintos documentos, en formato papel o electrónico, serán almacenados por cualquier medio que permita al obligado por el deber garantizar la autenticidad de su origen, la integridad de su contenido y su legibilidad. así como el acceso inmediato a los mismos por parte de la Agencia Tributaria salvo por motivos debidamente justificados. Este deber podrá cumplirse mediante el uso de medios electrónicos.
Cuando las facturas recibidas o emitidas se refieran a adquisiciones por las que se hayan soportado importes del Impuesto sobre el Valor Añadido y cuya deducción esté sujeta a un período de regularización, dichas facturas deberán conservarse para el período de regularización correspondiente y los cuatro años siguientes.
Tipos de IVA en las comunidades autónomas de España
Las comunidades autónomas de España, Canarias, Ceuta y Melilla, aplican sus tipos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), a diferencia del territorio continental.
- Islas Canarias: El tipo estándar es del 7%. Tipos reducidos del 3%. Incremento de Tarifas 9,5%.
- Ceuta: El tipo estándar es del 0,5%. Tarifas incrementadas 3%, 5% y 10%.
- Melilla: El tipo estándar es del 4%. Tarifas incrementadas 3%, 4%, 5%, 7% y 10%.
Fecha de pago de IVA
Los pagos periódicos de IVA vencen trimestral o mensualmente.
El IVA adeudado debe pagarse antes del día 20 (excepto el cuarto trimestre o el 30 de diciembre – 30 de enero) del mes siguiente al período.
Presentación de declaraciones de IVA
El contribuyente debe transmitir las declaraciones de IVA a la Agencia Tributaria por medios electrónicos. La plataforma Lovat admite la presentación digital.
El período fiscal es de un mes (solo para autónomos, profesionales, empresas y personas jurídicas con una facturación superior a 6’010.121,04 €) o un trimestre. Las declaraciones de IVA deben presentarse por medios electrónicos antes del día 20 del mes siguiente al período (excepción para el IV trimestre o diciembre – 30 de enero).
La presentación de la declaración de IVA anual vence el 30 de enero.
Las empresas también pueden realizar un seguimiento de los plazos en el portal de Lovat.